
Internacional
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» La sentencia reconoce la competencia
exclusiva de la Unión Europea para concluir acuerdos sobre los servicios
de transporte, la contratación pública y el sector de las energías
sostenibles
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que el acuerdo de libre comercio negociado entre la Unión Europea
y Singapur de manera «exclusiva» no puede llevarse a cabo, sin contar
también con la ratificación de los Estados miembros. Debido a que
incluye elementos de competencia «mixta» con los países de la UE.
El fallo sienta las bases que deberán guiar a las instituciones en los procedimientos de futuros acuerdos comerciales, como los que el bloque aspira a negociar con socios como Japón, México, Mercosur o Estados Unidos e, incluso, el marco futuro de las relaciones con Reino Unido cuando se produzca el 'Brexit'.
El fallo sienta las bases que deberán guiar a las instituciones en los procedimientos de futuros acuerdos comerciales, como los que el bloque aspira a negociar con socios como Japón, México, Mercosur o Estados Unidos e, incluso, el marco futuro de las relaciones con Reino Unido cuando se produzca el 'Brexit'.
Algunas
cuestiones como las inversiones extranjeras indirectas o el sistema
para la resolución de litigios entre empresas y países «no son de
competencia exclusiva» de la UE, por lo que el acuerdo con Singapur «no
puede celebrarse en su forma actual sin la participación de los Estados
miembros», ha explicado el tribunal en su sentencia.
La Comisión Europea –en nombre de los Veintiocho– y Singapur rubricaron en septiembre de 2013 un acuerdo de libre comercio considerado de nueva generación, es decir, que incluía materias ligadas al comercio como la protección de la propiedad intelectual, las inversiones, la contratación pública, reglas de competencia y el desarrollo sostenible.
La Comisión Europea –en nombre de los Veintiocho– y Singapur rubricaron en septiembre de 2013 un acuerdo de libre comercio considerado de nueva generación, es decir, que incluía materias ligadas al comercio como la protección de la propiedad intelectual, las inversiones, la contratación pública, reglas de competencia y el desarrollo sostenible.
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